Pasa a Revisión de la Corte Constitucional Proyecto de participación ciudadana
• Crea el Premio Nacional de Participación Ciudadana que, cada año, entregará el Presidente de la República.// Bogotá, 14 de junio de 2012.- Pasó a revisión de la Corte Constitucional el proyecto de ley Estatutaria que dicta disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, tras la aprobación del acta de conciliación en Senado de la República y Cámara de Representantes

Este proyecto, que fue radicado el 2 de noviembre de 2011, tiene como objetivo promover, proteger y garantizar modalidades del derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que los afectan y en la vida política, administrativa, económica, social y cultural y a controlar el poder político.

La iniciativa incorpora activamente a la ciudadanía en las fases de planeación, implementación, seguimiento y evaluación de la gestión pública y crea incentivos que buscan reconocer la participación de los colombianos en los temas de desarrollo político.

Principales puntos del proyecto de ley Estatutaria:

• Establece el Registro de temas de interés de los ciudadanos, para que las secretarías de las corporaciones públicas les remitan la información sobre las iniciativas por medio de correo físico o electrónico.

• Se incorporan elementos tecnológicos para facilitar el flujo de información. Así, a través de internet estarán disponibles en audio y video las sesiones de la plenaria y comisiones de la Asamblea y el Concejo, las cuales también serán transmitidas en directo.

• Se crea el Consejo Nacional de Participación Ciudadana, presidido por el Ministerio del Interior y con integrantes de diferentes sectores sociales, para asesorar al Gobierno Nacional en la definición de las políticas públicas de participación.

• Se establece la obligación para las Juntas Administradoras Locales, los Concejos Municipales y las Asambleas Departamentales de rendir cuentas a la ciudadanía mínimo una vez al año.

• Se flexibilizan los requisitos para la convocatoria y realización de los mecanismos de participación ciudadana. En el caso de la revocatoria del mandato se disminuye el porcentaje de firmas requeridas para la convocatoria del 40% a 30% de los votos válidos emitidos por el elegido, y disminuye el umbral de votación del 55% al 40% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario.

• Se proponen los siguientes incentivos a la participación ciudadana:

o Premio Nacional a la Participación Ciudadana, el cual será otorgado anualmente durante la Rendición de Cuentas del Gobierno Nacional por el Presidente de la República a la experiencia más relevante de participación en el país.

o Semestralmente, en el espacio institucional del Ministerio del Interior, se realizará una edición especial dedicada a presentar una experiencia exitosa en materia de participación.

o Los municipios que promuevan la participación ciudadana obtendrán un puntaje adicional en el análisis de desempeño integral que realiza el Departamento Nacional de Planeación.