1. ¿En que consiste la Defensa Judicial del Estado?
Cuando de una u otra forma, el Estado ve afectados o amenazados sus derechos e intereses, recurre a defenderse mediante la realización de un conjunto de actos jurídico-procesales, que se basan en normas y principios de carácter público que regulan la representación y defensa de tales derechos e intereses.
La Dirección de Defensa Judicial de la Nación a través de los siguientes lineamientos busca mejorar la defensa de los intereses del estado:
- Diseñar e implementar políticas de prevención del daño antijurídico estatal.
- Fortalecer y profesionalizar la defensa litigiosa del Estado.
- Asesorar a las entidades que conforman la Administración Pública en la implementación de las herramientas jurídicas que garanticen la responsabilidad patrimonial de los agentes estatales. Asesorando a los comités de conciliación de las entidades públicas.
2. ¿Que se entiende por daño antijurídico?
La actividad de la administración, al referirse al daño antijurídico señala que siempre que se produzca un daño o perjuicio en el patrimonio de un particular sin que esté obligado por un vínculo legal o jurídico a soportarlo aparece el daño antijurídico; se origina automáticamente en la Administración la obligación de resarcir ese daño.
3. ¿Cómo se efectúa el llamamiento en garantía?
El llamamiento en garantía se usa para involucrar dentro del proceso a servidores públicos, aseguradores y contratistas. Consiste en vincular al servidor público o presunto responsable para estudiar la responsabilidad del Estado y del servidor público. No se requiere para vincularlo al proceso de culpa grave o dolo basta que exista prueba sumaria.
4. ¿En qué consiste la acción de reparación directa?
La persona interesada podrá demandar directamente la reparación del daño cuando la causa sea un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente del inmueble por causa de trabajos públicos o por cualquiera otra causa.
5. ¿En que consiste la Acción de Repetición?
La acción de Repetición es una acción civil de carácter patrimonial que deberá ejercerse en contra del servidor o ex servidor público que como consecuencia de su conducta dolosa o gravemente culposa haya dado reconocimiento indemnizatorio por parte del Estado, proveniente de una condena, conciliación u otra forma de terminación de un conflicto.
La misma acción se ejercitará contra el particular que investido de una función pública haya ocasionado, en forma dolosa o gravemente culposa, la reparación patrimonial.
6. ¿Qué son Pasivos Contingentes?
Son obligaciones que tienen su origen en hechos específicos e independientes que pueden ocurrir o no...El estado a través del Ministerio de Hacienda establece la necesidad de analizar los pasivos contingentes, dicha necesidad radica en que pueden incrementar significativa y potencialmente el valor de la deuda en el futuro, con el consecuente impacto sobre el desempeño fiscal.
Los Pasivos Contingentes valorados en Colombia se generan en tres áreas: (1) Contratos de Infraestructura, (2) Operaciones de crédito público, y, (3) Actividad Litigiosa. En esta sección se estudian las diferentes áreas de riesgo de los pasivos contingentes del país así como su importancia e impacto.
7. ¿Qué son las Pretensiones?
Es el denominado “Petitum de la Demanda”, en cuyo contenido el actor manifiesta su voluntad, en virtud de la cual reclama del estado un derecho por conducto de la jurisdicción, para que se dicte una sentencia que acoja las pretensiones de la demanda.
8. ¿Cómo se adelantan los Comités de Conciliación?
El Decreto 1214 del 29 de junio de 2000 "Por el cual se establecen funciones para los Comités de Conciliación de que trata el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y se dictan otras disposiciones", establece en su artículo 2:
"El Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Igualmente, decidirá en cada caso específico sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes".
2. Que el artículo 2° del citado Decreto consagra como campo de aplicación, el siguiente:
"El presente decreto es de obligatorio cumplimiento para las Entidades y Organismos de Derecho Público del orden nacional, departamental, distrital y de los municipios capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.
9. ¿Cómo se lleva a cabo la Coordinación de Procesos?
Con la expedición de la Ley 790 de 2002 se designó a la Dirección de Defensa Judicial de la Nación (DDJN) la coordinación de los procesos que involucren una cuantía superior a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
10. ¿Cómo se desarrolla la Gestión Jurídica Pública?
Consiste en establecer una política de desarrollo y fortalecimiento institucional con el objeto de mejorar la integración, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión jurídica de la Administración Pública Nacional.
11. ¿Cómo funciona el LITIGOB - Sistema Único de Información Litigiosa?
El Sistema LITIGOB, esta desarrollado con el fin de brindarle información a la comunidad en general y a usuarios con permisos especiales como funcionarios de la DDJN, y de las entidades, Apoderados entre otros.
Es un sistema gerencial asistido por computador para administrar la información relacionada con la gestión jurídica integral referente al registro y control de litigios en los que algunas de las entidades de la Administración Pública sea parte, generar elementos de juicio que permitan el diseño de estrategias y líneas de acción para fortalecer la defensa jurídica de la nación y controlar las actuaciones de las personas que están representando a las entidades en litigio, y han tomado como punto de partida los trabajos realizados y las implementaciones efectuadas en la configuración del Módulo de Pleitos de la Nación sobre el software del PNUD RLA/00/001.
Consolidar la información de los distintos procesos registrados en el sistema para proveer información que permita a los administradores y en especial a la Dirección de Defensa Judicial de a Nación el diseño de estrategias y líneas de acción para fortalecer la defensa jurídica de la Nación.
Registrar la actuación de los distintos estamentos vinculados directamente a los procesos litigiosos de la nación, incluyendo tanto los apoderados como los comités de conciliación de las distintas entidades.
Lleva el registro de las experiencias derivadas de la atención de un asunto, así como la información de las sentencias que les dan culminación, y permitir su posterior consulta a través de Internet.
Llevar el registro y control de las obligaciones indemnizatorias a cargo del estado y permitir su posterior consulta a través de Internet.
Cuenta con vías de acceso teleinformático para consultar la Jurisprudencia relacionada con los litigios de daño antijurídico que sea del interés de la DDJN o de las entidades de la APN.
Aportar herramientas de seguimiento de la gestión particular y general para apoyar la consecución de las metas y objetivos de la Dirección de Defensa Judicial de la Nación en cuanto a la reducción de demandas y detrimentos contra la nación.
El principal reto que debe resolver el Sistema de Información de Gestión Jurídica integral del estado es el de proveer información actualizada acerca de la gestión de los procesos en contra del estado. Al ser reportada esta información se convertirá en un mecanismo ágil y eficaz par el análisis, evaluación y toma de decisiones.
En interacción con otros sistemas de información y con el apoyo técnico permanente de las entidades públicas que reportan a la Dirección de Defensa Judicial, LITIGOB aportará a la construcción de un modelo funcional de justicia que centralice la información de los pleitos contra la nación.
Algunas de las características generales del sistema son:
* Procesos
*Control de gestión
*Comités de conciliación y prevención
*Apoderados
12. ¿Cómo registrarse?
Para registrarse es necesario contactarse con el administrador de la entidad a que pertenece, o al administrador general del sistema, para que lo cree como un usuario asociado un rol o tipo de participante. Una vez ya lo hayan creado en el sistema, usted sencillamente deberá acceder por medio del área de ingreso, escribiendo su nombre de usuario, pass Word y rol o tipo de participante asignado.
En la actualidad estamos en la etapa de migración de la información con mayor número de procesos y transferencia de conocimientos a funcionarios de las Entidades de la Administración Pública Nacional.
En lo que se refiere a las entidades del orden territorial se esta adelantando la adecuación en el Sistema para que ellas puedan registrarse y adelantar la gestión dispuesta para las entidades del orden nacional.